El Senado aprobó en lo general la minuta con las reformas a
la Ley de Federal del Telecomunicaciones y Radiodifusión, por la que se crea el
Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que obliga a los 122 millones
de usuarios de celulares a registrar sus datos biométricos, es decir, huella
dactilar y facial, así como el iris de los ojos. La ley ha sido repudiada por quienes opinan que viola derechos constitucionales de los
usuarios, al exponer datos sensibles, al establecer un padrón similar al que
fracasó en el régimen de Felipe Calderón. También se advierte que la obligación de
entregar datos biométricos atenta contra derechos fundamentales de los usuarios
y su privacidad, pese a que en el dictamen se establece que la información
contenida en ese padrón será confidencial y reservada en los términos de la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley General
de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley
Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.No
registrarse en ese padrón o hacerlo de manera extemporánea será motivo de la
cancelación definitiva de la línea telefónica y de una multa de 89 mil 692
pesos. El propio padrón puede violentar la presunción de inocencia y pone en riesgo la
seguridad de las personas usuarias del servicio de telefonía celular, porque
presume culpable de cualquier delito al titular de la línea registrada, si el
número telefónico es usado para cometer un delito, el usuario queda en total
indefensión. Más en www.somoselespectador.blogspot.com