miércoles, 2 de febrero de 2022

GUSTAVO ADOLFO INFANTE PRESUME HABERLE GANADO DEMANDA A GABRIELA SPANIC

 





















Gustavo Adolfo Infante fue demandado por la actriz venezolana Gabriela Spanic sobre difamaciones en sus notas periodísticas hacía la persona  del conductor de IMAGENTV, y al haber perdido la contienda fue que el lector de notas, contrademandó a la artista y al parecer resultó victorioso. Infante exhibió en el programa de televisión que comparte con Mónica Noguera, la resolución de segunda instancia donde se condena a Spanic a pagarle a Infante los daños o costas lo que   el comunicador no  supo informar con exactitud, como tampoco  el monto exacto de la cantidad que se  demandó o que se le condenó a Spanic y lo que rodea suacción civil interpuesta, ya que de ello depende, si Spanic podrá interponer un amparo, situación que no se descarta por lo que se apreció con los documentos que se dejaron a la vista, por lo que la contienda  puede no estar resulta si es que  Spanic todavía pueda hacer uso del recurso de Amparo ante la resolución de la sala que ordena al juez civil de origen cumpla con los puntos resueltos en primera instancia. Infante ha descrito como los abogados de Spanic han resultado prepotentes, con lo que se ha cumplido ese principio  que mientras más prepotente es un litigante más perdedor. Sin embargo los comunicadores convencionales, dan notas sin contexto, con la excusa de que no son sabedores del tema ,que  relatan circunstancias que no les constan pero que apuntan como verdaderas, porque dicen  que no lo tienen investigado y el caso es que así como se dan notas del medio artístico mal elaboradas,incompletas y en base a las interpretaciones subjetivas y no de hechos objetivos, de igual manera Infante se declaró ganador del juicio contra Gaby Spanic y su deseo por donar la cantidad a la que Spanic fue condenada por haber ocasionado pérdidas  en un juicio infructuoso anterior. Ahora solamente  se tendrá que saber si existe el recurso contra la resolución de la sala, que condiciones se apegan o no al artículo 691 del Código procesal civil para la CDMX, considerando  que los lectores de notas del corazón en su mayoría  no saben informar. Recordemos como en casi todos los espacios informativos, se llegó a decir que  Billy Alvarez, directivo del Cruz azul, tenía supuestamente una orden de aprehensión girada por la FGR, cuando la Fiscalía no puede girar ordenes de aprehensión, y fue más tarde que se tuvo que deducir porque ni siquiera fue aclarado, de que lo que sucedió es que la fiscalía  realizó acción penal, y fue posteriormente un Juez de control, quien giró días después,  la orden de aprehensión en  contra de Alvarez.Más en www.somoselespectador.blogspot.com