ALGUIEN TIENE QUE DECIRLO.-Los medios de
comunicación corporativos, le han dado mucha cuerda a la discusión y resolución que en horas tendrá que
emitir la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre un proyecto tan
despreciable como insignificante, que
busca invalidar de manera irrisoria, las reformas constitucionales consumadas y principalmente anular la elección por voto popular
de jueces y magistrados, por lo que
seguramente los jefes de información, mandarán más corresponsales afuera del edificio de la SCJN
que los que pudieron viajar a Estados Unidos con motivo de las elecciones
presidenciales de aquel país. Fue el pasado 15 de septiembre del año en
curso, que en el Diario Oficial de la
Federación se dio cuenta de esta reforma al Poder Judicial por lo que tal situación la convierte en ley suprema
vigente. Aunque los nuevos doctrinarios al no entender la diferencia entre
nulidad absoluta e inexistencia, se han pronunciado a señalar que las dos
figuras son lo mismo, es que podemos
apuntar que sin importar la
forma que se quiera llamar, resulta que la intervención judicial para atender
la eliminación o no de una reforma constitucional carece de validez, y bajo la
vieja doctrina, diremos que es inexistente, por lo que la resolución del órgano
jurisdiccional no será más que anecdótica y equivalente al berrinche del niño
regañado que se sube a su recámara sin cenar aún sabedor que al día siguiente se
sentará a desayunar en la silla de la mesa que rechazó. Las barreras para
lograr la exitosa reforma constitucional que se corona con el artículo 116 de
la Carta magna, ya fueron superadas, con la mayoría cualificada en el congreso
federal y la aprobación bajo el mismo condicionante, en la mayoría de los congresos locales por lo que
culminó con el decreto emitido por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y posteriormente
por el emitido por la Presidente Claudia Sheinbaum en cuanto a la improcedencia del recurso de amparo ante
una reforma constitucional que se plasmó en la propia constitución como
reiteración de las jurisprudencias ya
existentes por parte de la propia corte y el artículo 61 fracción primera de la
ley de la materia por lo que sí tales
impedimentos son características de un régimen
dictatorial, pues tal dictadura no es a
base de estas reformas como lo acusan los ignorantes del derecho que no tienen
el estudio del aseguramiento democrático por la cual debe pasar una reforma
constitucional para que sea consumada. Así que el golpeteo judicial
podrá seguir exhibiendo como mercaderes a sus detractores y podrán realizar todo tipo de acciones
extrajudiciales para presionar al INE que retrogradistas vestidos de rosa decían no se tocaba, y hoy dan la espalda ala legalidad con
el fin de evitar la elección de nuevos juzgadores conforme a la constitución, pero
al final, -salvo una apuesta
intervencionista de la que imploran-, los jueces mexicanos tendrán que aceptar la
democratización de lo que era una mafia negra y que hoy resulta el principio a cambios rotundos que urgen en
nuestro derecho procesal mexicano destrozado por los códigos nacionales actuales de procedimientos penales y civiles y la calidad
profesional de los diferentes órganos de impartición de justicia, y ni que decir de la derogación de disposiciones
que legalizan el abuso y la corrupción como lo es la ley notarial que en la actualidad es tan perversa como la
ley judicial que ya fue eliminada pero que quiere ser conservada por ocho
ministros que se ridiculizan ante la democracia
representativa como producto de las pasadas elecciones en donde los votantes estaban informados del “plan C-
lópezobradorista” y que fue por lo que desbordaron las
urnas en su favor. No cabe duda que existen buenos jueces, pero en su gran mayoría se puede decir que aquellos núcleos familiares en donde uno de sus miembros es juez, debe ser probable que aquella familia duerma y cohabite con un ladrón.
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